Misión del Ente de Gestión Costanera: administración, dirección, gestión y promoción de la Costanera de Concordia. Tendrá autonomía jurídica, financiera, contable y administrativa, para realizar los actos jurídicos necesarios para el cumplimiento de su objeto y funciones.
Funciones del Ente de Gestión Costanera: a) administrar, gestionar, dirigir, explotar y promover la zona denominada Costanera de la ciudad de Concordia. b) Elaborar dictamen sobre las concesiones, locaciones y/o permisos en la referida zona, conforme al régimen legal respectivo, para la explotación comercial o recreativa de los predios y/o edificaciones existentes o que se construyan en el futuro, en inmuebles propiedad de la Municipalidad de Concordia o de los cuales tenga la posesión.c) Ejercer los derechos que le correspondan respecto de las explotaciones mencionadas en el inciso anterior. d) Tramitar la ejecución de obras, la prestación de servicios y la administración de espacios comunes, dentro de la zona denominada Costanera de la ciudad de Concordia. e) Administrar y prestar, por sí o por terceros, los servicios de mantenimiento, seguridad y promoción turística en el ámbito de su actuación territorial. f) Celebrar convenios con entes públicos o privados, argentinos o extranjeros de cooperación de asistencia técnica o científica, para el cumplimiento de su objeto y funciones. g) Ejercer en su ámbito de actuación, las funciones en la materia que expresamente le sean delegadas. h) Arbitrar los medios conducentes, adoptando las medidas apropiadas, tendientes a optimizar la eficiencia de los servicios portuarios en su ámbito de actuación.
La Costanera de Concordia comprende el siguiente perímetro: Al norte por calle Salta; al noroeste por calle Gastelacoto, al sureste margen derecha del Río Uruguay, al oeste por calle Urquiza, desde su intersección con Boulevard Chacabucho, hasta la intersección de las vías con calle Salta, incluyendo la zona portuaria.